
El Primer Tribunal Electoral Regional de Santiago resolvió este martes la inhabilitación de Cathy Barriga Guerra, exalcaldesa de Maipú, para ocupar cualquier cargo público durante los próximos cinco años. La sentencia responde a un requerimiento presentado por seis concejales de la comuna, quienes denunciaron irregularidades en su gestión entre 2016 y 2021.
El fallo se basa en el artículo 51 bis de la Ley N°18.695, que permite sancionar a exautoridades por faltas graves a la probidad o abandono de deberes. Según la resolución, Barriga vulneró principios fundamentales de la administración pública mediante el uso indebido de recursos municipales, contrataciones irregulares y omisión de acuerdos del Concejo Municipal.
Uso indebido de imagen y recursos públicos
El tribunal determinó que Barriga promovió su imagen personal en diversas actividades oficiales, en contravención del artículo 52 de la Ley N°18.575. Se destacó que en la Cuenta Pública de 2017 su fotografía apareció en 110 de las 153 imágenes presentadas. Además, instaló gigantografías en la Clínica Veterinaria Municipal y el programa “Fuerza de Mujer”.
También se le cuestionó por participar en el video “Kiki Challenge” utilizando un vehículo municipal en movimiento, acción que previamente le valió una sanción de la Contraloría General de la República.
Contrataciones irregulares
Otra de las irregularidades señaladas en la sentencia es la autorización de contrataciones directas y la fragmentación de órdenes de compra por más de $285 millones en 2018, evitando la licitación pública obligatoria. Entre estos gastos, se incluyó el pago de $195 millones a un proveedor para la organización del evento “Maipeluza”.
Asimismo, se adquirieron diversos artículos sin registro de su destino, como 480 collares, 486 cajas de terciopelo y 1.500 paraguas corporativos. También se cuestionó la pintura de un vehículo municipal de color dorado sin justificación.
Omisión de acuerdos del Concejo y uso de espacios municipales
Barriga prorrogó contratos municipales por montos que superaban las 500 UTM sin contar con la aprobación del Concejo, lo que, según la sentencia, obstaculizó la fiscalización de su administración. También se le reprochó no ejecutar una auditoría externa solicitada en 2018 y rechazar una sesión extraordinaria en 2020 para abordar temas laborales.
Por otro lado, el tribunal acreditó que celebró el cumpleaños de su hijo en dependencias municipales y que, durante la grabación del matinal “Renace tu Mañana”, se interrumpió temporalmente el suministro de agua potable para evitar ruidos en la transmisión.
Resolución final
La defensa de Barriga argumentó que el requerimiento tenía fines políticos y que los hechos no configuraban causal de inhabilidad. No obstante, el tribunal desestimó estos alegatos y consideró que las pruebas evidenciaban una “conducta reiterada y grave”.
El fallo fue dictado por el ministro Guillermo de la Barra Dünner y los abogados Patricio Rosende Lynch y Luis Hernández Olmedo. Con esta decisión, la exalcaldesa queda inhabilitada por cinco años una vez que la sentencia quede firme, lo que será notificado a la Contraloría y al Servicio Electoral.