Seremi del Trabajo y Seremi de la Mujer activan la «Alerta Vacaciones» y llaman a empleadores a respetar la Ley

 

Con el inicio del verano 2024-2025, entrarán en vigencia las vacaciones preferentes para madres, padres y personas cuidadoras, según establece la Ley de Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral. Esta normativa permitirá a quienes cuidan de menores de 14 años o personas con discapacidad o dependencia de hasta 18 años, solicitar vacaciones en el periodo escolar establecido, facilitando la conciliación entre el trabajo y las responsabilidades de cuidado.

En una jornada de difusión de esta ley, el seremi del Trabajo y Previsión Social, Jonathan Páez, y la Seremi de la Mujer y Equidad de Género, Fabiola Gallardo, destacaron la importancia de esta «alerta de vacaciones». Páez explicó que las personas beneficiarias podrán solicitar las vacaciones preferentes directamente a sus empleadores, con al menos 30 días de anticipación y con la presentación de documentos que acrediten su calidad de cuidador.

Gallardo destacó el impacto de la normativa, especialmente para las mujeres, quienes asumen la mayoría de las tareas de cuidado en el país. La solicitud prioriza a quienes cuidan menores de 18 años, aplicando el derecho preferente sobre otros trabajadores que no se encuentren en la misma situación.

Requisitos y documentos para acceder al beneficio

Los trabajadores deben presentar la solicitud con 30 días de anticipación, junto con la documentación requerida. Entre los documentos válidos se encuentran:
– Certificado de nacimiento del menor.
– Resolución judicial que otorgue el cuidado personal de un menor.
– Certificado de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad o documento del Ministerio de Desarrollo Social y Familia que acredite la condición de cuidador.

Flexibilidad laboral y sanciones

Además de las vacaciones preferentes, los empleadores pueden ajustar turnos o jornadas para beneficiar a los cuidadores en el periodo de vacaciones escolares. La Dirección del Trabajo impondrá sanciones a las empresas que no cumplan con esta normativa, con multas que varían según el tamaño de la empresa, pudiendo alcanzar hasta 60 unidades tributarias mensuales en el caso de grandes empresas.

Este nuevo derecho marca un avance en la integración de políticas de conciliación laboral, respondiendo a las necesidades de quienes compaginan sus responsabilidades de trabajo y cuidado.

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