Desde el 1 de enero de 2025, entró en vigor una modificación clave en el cálculo de los intereses aplicados a las deudas tributarias gestionadas por la Tesorería General de la República (TGR), en el marco de la Ley de Cumplimiento Tributario o Ley Antievasión. Esta medida tiene como objetivo fomentar el pago oportuno de obligaciones fiscales, ofreciendo un sistema más equitativo y favorable para los contribuyentes.
El principal cambio radica en que los intereses ahora se calculan diariamente, en lugar de hacerlo de forma mensual y por fracción de mes. Esto significa que los intereses se aplicarán únicamente por el número exacto de días de atraso, evitando acumulaciones excesivas por retrasos menores.
La tasa de interés estará basada en el valor de mercado publicado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), incrementada en 3,5% más un spread adicional de 3,5% anual. Esta tasa se divide por 360 para calcular los intereses diarios.
Por ejemplo, un contribuyente con una deuda de $2.000.000 durante dos meses pagará $27.067 bajo el nuevo sistema, una reducción significativa respecto a los $90.000 calculados con el método anterior. Si el atraso se extiende a 61 días, el interés sería de $27.518, frente a los $120.000 que se habrían acumulado previamente.
Hernán Nobizelli, tesorero general de la República, destacó la importancia de este cambio, señalando que fomenta una cultura de cumplimiento tributario responsable y otorga un trato más justo a los contribuyentes con buen comportamiento de pago.
La TGR llamó a la ciudadanía a informarse sobre estas disposiciones y a aprovechar los beneficios disponibles a través de su sitio web.